Alegaciones al plan de explotación de las playas roteñas

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  • La Plazoleta Ecologistas en Acción de Rota ha presentado esta semana ante la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de Cádiz, alegaciones al Plan de Explotación Servicios de Temporada de Playas de Rota para la temporada 2024-2027.

Son muchos los temas que se abordan: la capacidad de carga de las playas, los chiringuitos, el sistema dunar, las pasarelas, la valoración que hace al ayuntamiento al clasificar las playas… entre otros.

Debemos poner de manifiesto y recordar que corresponde a las Administraciones Públicas la protección de la costa, tanto para garantizar la defensa del interés general como la protección del medio ambiente. Creemos que este Plan de Protección de Playas no concreta en muchos puntos tal protección.

Esta asociación valora que no se ha realizado ningún estudio sobre la capacidad de carga de la playa que incluya el grado de saturación de cada tramo para realizar este documento.  Y es que en función de este estudio, deberían proponerse medidas paliativas.

Ocupación de las playas

Desde La Plazoleta Ecologistas en Acción consideramos que algunos establecimientos no cumplen con la superficie que deben ocupar ni con la temporalidad. Terminada la estación veraniega estos deben ser desmontados, sin embargo, algunos permanecen cerrados y otros dejando la plataforma sobre la lámina de arena. Este punto no se concreta en este Plan de Protección de Playas. Igualmente debe quedar bien claro que las sombrillas que se montan junto a estos establecimientos son de uso público y no privativo del local, dando la impresión por la proximidad y publicidad de algunos que son solo para los clientes.

Los sistemas dunares

Según El Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Noroeste de la provincia de Cádiz aprobado mediante Decreto 95/2011, de 19 de abril (BOJA 97 de 19 de mayo de 2011), en su artículo 30 se determina en su apartado 6:

“En las dunas de Rota, Punta Camarón y COSTA BALLENA, los accesos a las playas se delimitarán, en su caso, mediante sendas que tracen itinerarios que GARANTICEN sus contornos.

En las dunas estarán PROHIBIDOS (D):

a) Los CORTES O ALLANAMIENTOS que modifiquen los perfiles de las dunas

b) La ocupación de las dunas por edificaciones o instalaciones de cualquier tipo, incluso las de SERVICIOS DE TEMPORADA. Los accesos a las playas que puedan afectar al sistema dunar se realizarán mediante plataformas DESMONTABLES, de anchura no superior a 2,0 metros y con materiales que se integren en el paisaje del entorno.

c) Las actuaciones que pongan en peligro las formaciones arenosas, movimientos de tierras y actividades que conlleven una transformación de carácter permanente que afecte a la morfología dunar y a la especie «Chamaleo Chamaleon”.

Tanto las pasarelas como los módulos de aseo que se instalan en el Cordón Dunar para la temporada deben ser desmontados al terminar esta, algo que no ocurre en algunos puntos como La Ballena y Punta Candor, ocasionando por ejemplo que se haya rebajado una duna para despejar la pasarela que se había dejado del año anterior, hecho que denunciamos en su momento. Por otro lado, hay establecimientos que están instalados en plena duna o cerca de ella interfiriendo en la dinámica de la misma.

La Plazoleta-EA de Rota destaca como punto importante la protección de la que goza el Chorlitejo Patinegro a nivel Europeo (Directiva Aves), sin que por parte del Ayuntamiento, pese a las medidas propuestas en el Anexo, sean suficientes para garantizar dicha protección y menos aún para su conservación, por cuanto como se viene observando desde hace años la población de dicha especie está en franco retroceso en nuestra localidad, por diferentes motivos tales como la presencia humana en el cordón dunar, afluencia de perros sueltos, gatos en el pinar, instalación de chiringuitos próximo a nidadas, etc.

La escasa o nula protección del cordón dunar frente a la instalación de módulos de playas o chiringuitos, lo cual provoca un continuo pisoteo por dicha franja costera, sin que en el plan de explotación de playas se hayan arbitrado los medios necesarios para evitar los mismos.

No se establecen medidas para la protección y conservación de los hábitats costeros, como pueden ser los sistemas dunares, así como las especies que los habitan, tanto de flora como de fauna, los cuales gozan, igualmente, de protección mediante la Directiva Hábitats. En la playa de Los Corrales incluso se encuentra presente una Zona de Especial Conservación, que además es Monumento Natural -“Los Corrales de Pesca de Rota”- sin que se hayan propuesto medidas protectoras y conservadoras para el espacio y sus aledaños.

Playa canina

En cuanto a la propuesta de “Playa Canina” en la playa Peginas-Aguadulce, la Plazoleta-EA Rota ha mostrado su oposición a su ubicación por afectar no sólo al cordón dunar que la circunda sino también por afectar seriamente a la especie del Chorlitejo Patinegro, así como otras especies limícolas, además de ser un hábitat de interés comunitario (2250-Dunas de Juniperus), provocando un grave daño al hábitat de dichas especies.

Dichos argumentos ya le fueron expuestos a la Delegación Territorial de Medio Ambiente en anteriores escritos y recursos interpuestos por la Plazoleta-EA Rota, y pese a que las Directivas Europeas prohibían alterar a dichas especies y hábitats no se tiene intención de respetar estas directrices. Es más, en el año anterior que estuvo como en un periodo de prueba fueron múltiples las infracciones cometidas por las personas usuarias de dicha playa sin que por parte del Ayuntamiento se dispusieran los medios y personal necesarios para el cumplimiento de la Ordenanza mencionada.

Desde La Plazoleta creemos que se puede y se debe hacer más por parte del Ayuntamiento para la conservación de la playa como espacio natural, sin llegar a una sobreexplotación de la misma y poder seguir disfrutándola en idénticas condiciones ahora y en un futuro.

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