
El BOE acaba de publicar más detalles sobre cómo obtener el borrador de la declaración de la renta 2022, cómo modificarlo, confirmarlo y presentarlo. La orden HFP/310/2023, de 28 de marzo explica además quién está obligado a declarar por IRPF y por el Impuesto sobre el Patrimonio, y publica los modelos de declaración de ambos tributos.
¿Qué es el borrador de la renta que elabora Hacienda?
“El borrador es como una declaración de la renta ya hecha que facilita la Agencia Tributaria a modo de guía con los datos fiscales del contribuyente hasta el momento en que cierra dicho borrador”, explica Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros.
Sin embargo, esto no exime al contribuyente de incluir lo que falte o corregir lo que esté erróneo, por eso es tan importante revisarlo antes de presentar la declaración de la renta. Es uno de los conceptos clave más usados a la hora de hacer la declaración de la renta.
Asimismo, es un servicio de información y asistencia que presta la Agencia Tributaria a los contribuyentes tal y como establece el artículo 34 de Ley General Tributaria. Con el borrador, se informa y asiste al ciudadano en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
¿Quién puede obtener el borrador del IRPF?
Pueden obtener el borrador de la renta “todos los contribuyentes” en los términos previstos en el artículo 98 de la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se elabora con los datos que tiene Hacienda de los contribuyentes aunque la Administración tributaria también puede pedir a los ciudadanos que aporten alguna otra información que le resulte necesaria.
En cualquier caso, si un ciudadano no obtiene su borrador de la declaración de IRPF o no revisa sus datos fiscales, eso no le exonera de su obligación de presentar la declaración de la renta 2022 en caso de que deba hacerlo en el plazo, lugar y forma establecidos.
¿Desde cuándo se puede acceder al borrador de la renta que elabora Hacienda?
Desde el 11 de abril de 2023, día que arranca la campaña de renta 2022, los contribuyentes podrán obtener el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios electrónicos, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, en la web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Los contribuyentes ya pueden acceder y revisar sus datos fiscales.
¿Cómo se modifica y mediante qué vías?
Si el contribuyente detecta que alguno de sus datos personales o económicos no están incluidos en dicho borrador o advierte que este contiene datos erróneos e inexactos debe proceder a la modificación del mismo.
Se puede modificar el borrador de la renta 2022 a través de alguna de estas vías:
- Vía web de la Agencia Tributaria identificándose previamente.
- Vía telefónica, previa solicitud de cita, comunicando el contribuyente su número de identificación fiscal (NIF) y su número de referencia, previamente solicitado.
- Vía cita presencial en una oficina de la Agencia Tributaria, previa solicitud de cita, en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
También puede solicitarse la modificación del borrador de la declaración en las oficinas de las Administraciones tributarias de las comunidades autónomas, ciudades con estatuto de autonomía y entidades locales que hayan suscrito con la Agencia Estatal de Administración Tributaria un convenio para la colaboración para la implantación del sistema de ventanilla única tributaria, en los términos previstos en dicho convenio.
¿Cómo confirmar y presentar el borrador de la declaración de la renta 2022?
Tras revisar y corregir si fuera necesario el borrador del IRPF, cuando el contribuyente considere que ya está correcto y que refleja su situación tributaria a efectos de este impuesto podrá confirmarlo y presentarlo. Estos trámites pueden hacerse vía web de la Agencia Tributaria, vía telefónica (con cita previa) y de manera presencial en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (también con cita previa).
Aunque las modalidades de confirmación y presentación del borrador vía telefónica y presencial no podrán utilizarse cuando el resultado sea a ingresar y el contribuyente no opte por la domiciliación bancaria en entidad colaboradora del importe resultante.
Una vez presentada la declaración del IRPF se facilitará al contribuyente, en papel o de forma electrónica, el justificante de presentación, con los datos del modelo de declaración correspondientes a la declaración presentada validado con un código de verificación de 16 caracteres en el que constará la fecha y hora de la presentación de la declaración. En caso de solicitarlo, recibirá un ejemplar del ‘Modelo 100. Documento de ingreso o devolución de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas’, como justificante de la presentación realizada.
¿Cuáles son los plazos para presentar la renta 2022?
El plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 11 de abril y 30 de junio de 2023, ambos incluidos.
Fuentes
Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros