El conflicto entre el Senado y el Congreso: el Tribunal Constitucional resolverá la disputa, pero no abordará completamente la constitucionalidad de la amnistía

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“Señorías, quiero anunciar que el Grupo Popular va a proponer que esta cámara, en defensa de sus atribuciones constitucionales, inste formalmente al Congreso de los Diputados a retirar la ley de amnistía”. Con estas palabras, Alicia García, portavoz del Grupo Popular en el Senado, anunció lo que se ha denominado un “conflicto institucional” entre las dos cámaras que conforman las Cortes Generales de España.

Este choque consiste en un mecanismo legal que reconoce la ley del Tribunal Constitucional para que las instituciones que conforman los poderes del Estado (Gobierno, Cortes Generales y Consejo General del Poder Judicial) o el Estado y las comunidades autónomas puedan presentar quejas al Tribunal Constitucional cuando consideren que se han vulnerado sus competencias o atribuciones constitucionales. Es la primera vez que se plantea activar este mecanismo entre el Senado y el Congreso. En toda la historia democrática sólo ha habido cinco casos similares: tres promovidas por el Gobierno contra el Congreso o el Senado (1, 2, y 3), una por el Congreso contra el Gobierno y una por el Consejo General del Poder Judicial contra las Cortes Generales.

¿En qué consiste exactamente el anuncio del Grupo Popular?

La ley del Tribunal Constitucional permite que los órganos que componen el Estado puedan solicitar que otro órgano rectifique cuando crea que ha invadido sus competencias o atribuciones constitucionales. A este respecto, el Reglamento del Senado establece que este mecanismo lo pueden invocar: 25 senadores o un grupo parlamentario.

El Grupo Popular ha anunciado que utilizará esta herramienta para que la Cámara Alta, al considerar que hay una invasión de competencias, le exija al Congreso de los Diputados que retire la proposición de la ley de amnistía

El Congreso tendrá un mes para decidir si acepta la petición. En caso contrario, el conflicto se dirigirá al Tribunal Constitucional, que dará un mes de plazo al Congreso para que presente sus propias alegaciones. Una vez recibidas, el Tribunal Constitucional dictará sentencia en el plazo máximo de un mes. 

Si se agotaran cada uno de los plazos (un mes para que el Congreso decida, un mes de plazo para presentar alegaciones y un mes de plazo para que resuelva el Constitucional), la resolución del conflicto se puede alargar hasta el verano. La tramitación de la ley de amnistía previsiblemente se paralizaría en el Senado hasta que el Tribunal Constitucional resuelva la cuestión.

La sentencia del Tribunal Constitucional no analizará la validez de la ley, sino las competencias de las Cámaras

El Tribunal Constitucional es la institución encargada de resolver tres aspectos fundamentales:

  • La constitucionalidad de las leyes mediante los recursos de inconstitucionalidad que pueden presentar el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 senadores o 50 diputados; o las cuestiones de inconstitucionalidad que presentan los tribunales. En estas sentencias, el Tribunal Constitucional establece qué aspectos concretos son constitucionales o no de una ley, un estatuto de autonomía, un tratado internacional, etcétera.

  • La vulneración de los derechos y libertades fundamentales que pueden presentar los ciudadanos mediante un procedimiento conocido como recurso de amparo.

  • Los conflictos de competencias entre las comunidades autónomas con el Estado o con otras autonomías, o entre los órganos que componen los tres poderes del Estado (Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado, Consejo General del Poder Judicial).

El Tribunal Constitucional resolverá el conflicto planteado por el Senado, que versará fundamentalmente sobre las competencias y atribuciones del Congreso. A falta de conocer más detalles específicos de la instancia que envíe la Cámara Alta a la Cámara Baja, Alicia García dijo en el Pleno del Senado que instará al Congreso a que retire la ley de amnistía por “tratarse de una reforma encubierta de la Constitución”.

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