Guía sobre las nuevas restricciones para circular por la M-30 de Madrid que entran en vigor en 2023

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Desde el 1 de enero de 2023, aquellos turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados en Madrid no podrán circular por la M-30, tal y como ha establecido el Ayuntamiento de la capital. ¿Pero qué supone esto exactamente y a quién afecta? ¿Hay excepciones? Intentamos dar respuesta a estas y a otras preguntas sobre las nuevas restricciones para circular por Madrid.

¿A quién afecta la medida?

No podrán circular por la M-30 los vehículos que reúnan estas tres condiciones: primera, que sean turismos; segunda, que esos turismos tengan clasificación medioambiental A; y tercera, que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la capital.

Antes de pasar a la siguiente pregunta, unas aclaraciones:

¿Qué es un turismo? Se podría resumir diciendo que un turismo es un coche, pero la Dirección General de Tráfico (DGT) da una definición más detallada: “Un coche o turismo es un automóvil de, al menos, cuatro ruedas y un número máximo de nueve plazas, incluido el asiento del conductor, destinado al transporte de personas”. ¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica? El Impuesto de Circulación de un vehículo también conocido como IVTM, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sello o viñeta, es un impuesto obligatorio que se aplica sobre todos los vehículos a motor, permitiéndoles circular por las vías públicas de todo el país, como explica la DGT. Este se paga en el municipio donde el vehículo tenga su dirección fiscal a día 1 de enero del año en curso. Por ello, es importante que si se cambia de municipio se solicite el cambio de domicilio fiscal de los vehículos.¿A qué se refiere la clasificación medioambiental A? Los vehículos clasificados como A son tan contaminantes que ni siquiera pueden llevar la etiqueta pegada en el cristal. Para pertenecer a esta categoría hay que atender a fechas y a tipo de combustible: tienen clasificación medioambiental A los vehículos que se han matriculado antes del año 2001 si utilizan gasolina y los que se han matriculado antes del 2006 si usan diésel, como detalla la DGT.

¿A qué zona de Madrid no se puede acceder ahora?

A partir del 1 de enero de 2023, los turismos descritos en el apartado anterior tienen prohibido acceder y circular por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.

¿Qué es la M-30? Es básicamente una autopista con forma circular dentro de la cual queda la ‘almendra central de Madrid’, es decir, la zona más céntrica de la ciudad. Pese a que el municipio de Madrid lo componen 21 distritos, dentro de la M-30 solo se sitúan nueve (de los cuales dos parcialmente): Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamberí, Chamartín, Tetuán y parte de los distritos de Moncloa-Aravaca y Fuencarral-El Pardo.

¿Qué diferencia hay con las restricciones anteriores para circular por Madrid?

La principal novedad es que antes estos vehículos no podían circular por dentro de la M-30, pero sí por ella. Ahora no podrán usar esta autopista.

¿Cómo van a controlar que se cumple esta restricción?

De momento, mediante controles aleatorios realizados por agentes de movilidad, tal y como señala el consistorio. No obstante, según informa elDiario.es, a lo largo de 2023 el Ayuntamiento instalará 44 cámaras de control.

¿Qué pasa si se incumple?

Como recuerda el Ayuntamiento de Madrid, desde el 21 de marzo de 2022, esta infracción se sanciona con multa de 200 euros (100 euros si es por pronto pago).

¿Hay alguna excepción?

Sí. Como ya te explicamos en Newtral.es, los vehículos adaptados para trasladar a personas con movilidad reducida, los matriculados como históricos y los vehículos de emergencias y fuerzas armadas suponen excepciones permanentes en estas restricciones.

¿Hay alguna otra cosa a tener en cuenta sobre restricciones para circular por Madrid?

Sí. Que se ha prorrogado al 1 de enero de 2024 una restricción que a priori iba a entrar en vigor también este 2023. Se trata del acceso de vehículos ligeros de mercancías con clasificación ambiental B. Estos tendrán prohibido –ahora a partir del año que viene– acceder al distrito Centro (considerado junto con el distrito de Plaza Elíptica una zona de bajas emisiones de especial protección).

¿Qué es un vehículo ligero de mercancías? Según la definición del Ministerio de Transportes, es un “automóvil especialmente acondicionado para el transporte de mercancías cuyo peso máximo autorizado no exceda de 6 toneladas, o que, aun sobrepasando dicho peso, tenga una capacidad de carga útil no superior a 3,5 toneladas”.¿Qué vehículos tienen la etiqueta B? La etiqueta B, de color amarillo, la tienen turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. También vehículos de más de ocho plazas y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006, según especifica la DGT.

¿Por qué el Ayuntamiento de Madrid ha implantado esta medida?

“Para continuar mejorando la calidad del aire y cumplir con la directiva europea en esta materia”, tal y como explican en su página web. Esta restricción, al igual que todas las que se aplican en esta línea, está recogida en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que busca “responder a los cambios provocados por la evolución social, económica, medioambiental, cultural, técnica y tecnológica en el ámbito de la movilidad” con el fin de “garantizar un aire saludable”.

¿Estas restricciones para circular por Madrid se endurecerán en el futuro?

Sí. Como indica el consistorio de la capital, el 1 de enero de 2024, estos vehículos contaminantes tendrán prohibido acceder y circular “por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid”. Es decir, que ya no se limita a la M-30 y su interior, sino a todo el municipio.

Un año más tarde, el 1 de enero de 2025, esta prohibición se extenderá también incluso a aquellos turismos que estén empadronados en el municipio y hayan pagado el IVTM. Además, desde esta fecha “tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones”.

Fuentes

Ayuntamiento de Madrid

DGT

Ministerio de Transportes

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