Transferencias, bizums y Hacienda: no hay que notificarlas por sistema, pero la Agencia Tributaria puede solicitar datos concretos

8 months ago 36

Es habitual ver publicaciones acerca de si la Agencia Tributaria puede multarte por realizar transferencias bancarias sin notificarlas cuando supere cierta cantidad de dinero. Las transferencias bancarias (y los bizums) no tienen un límite específico por el que haya que notificar por defecto a Hacienda. En determinados casos, la Agencia Tributaria puede pedir información sobre nuestros movimientos bancarios si está investigando a una persona.

Diferencia entre transferencias bancarias y movimientos en efectivo

Muchas de las dudas que nos habéis hecho se deben a que algunos artículos en la web mezclan las transferencias bancarias con otros movimientos de dinero, como pagos en efectivo o extensión de cheques. Las transferencias bancarias y los bizums no tienen que notificarse a la Agencia Tributaria con una declaración especial.

En el caso de los movimientos de dinero “físico” como los billetes, los cheques o los pagarés, la Agencia Tributaria exige presentar ciertas declaraciones específicas en las que se anoten los movimientos cuando estos superan cierta cantidad de dinero. La Agencia Tributaria señala a Maldita.es que esa información se utiliza para favorecer el control del fraude financiero.

Estos movimientos incluyen entradas o salidas de dinero en efectivo de la cuenta bancaria (a partir de 3.000 euros); extensión y cobros de cheques, pagarés y letras de cambio (a partir de 3.000 euros en ciertos casos); entradas o salidas de dinero en efectivo de España (a partir de 10.000 euros), entre otros.

La Agencia Tributaria puede solicitar información de las transferencias si está investigando a la persona

Aunque no es necesario hacer declaraciones específicas para realizar transferencias bancarias, la Agencia Tributaria indica a Maldita.es que tiene la potestad para solicitar a los bancos cualquier documentación asociada a las cuentas que resulte de relevancia para el control tributario. “Esto incluye información sobre transferencias concretas emitidas o recibidas por un determinado cliente, para conocer el origen y destino de esos movimientos”, apunta la entidad.

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